Cómo solicitar Certificados de Ahorro Energético
Obtener CAE por tu renovación energética requiere seguir un proceso bien definido. Esta guía te lleva paso a paso desde la identificación de la medida elegible hasta la recepción de tu compensación económica.
Paso 1: Identificar la medida de ahorro elegible
El primer paso es verificar que tu proyecto de renovación energética está cubierto por una de las fichas estandarizadas publicadas por MITECO. Estas fichas definen las actuaciones elegibles y los métodos de cálculo del ahorro energético para cada sector.
Las actuaciones más habituales en el ámbito residencial incluyen:
- Instalación de bomba de calor de aerotermia para calefacción o ACS
- Aislamiento térmico de fachada (SATE, insuflado, interior)
- Sustitución de ventanas por modelos de alta eficiencia
- Aislamiento de cubierta
- Autoconsumo fotovoltaico
- Calderas de biomasa
Consulta nuestro catálogo completo de fichas CAE para encontrar la que corresponde a tu proyecto.
Paso 2: Elegir un sujeto delegado o agregador
Para canalizar la obtención de tus CAE, necesitas un intermediario: el sujeto delegado (o agregador). Se trata de una empresa autorizada que gestiona todo el proceso administrativo en tu nombre y te ofrece una compensación económica a cambio de los derechos sobre los certificados generados.
A la hora de elegir un sujeto delegado, compara:
- La compensación ofrecida por kWh ahorrado (compara con el precio de mercado actual)
- La experiencia en el tipo de actuación que vas a realizar
- El plazo de pago (cuándo recibirás la compensación)
- El nivel de acompañamiento técnico y administrativo que proporcionan
Paso 3: Firmar el acuerdo antes de iniciar las obras
Este es el paso más crítico y el error más frecuente. El Real Decreto 36/2023 exige que el acuerdo entre el beneficiario y el sujeto obligado/delegado se formalice antes del inicio de las obras. Sin este acuerdo previo, la actuación no podrá generar CAEs, independientemente del ahorro energético conseguido.
El acuerdo debe incluir como mínimo:
- Identificación de las partes (beneficiario y sujeto delegado/obligado)
- Descripción de la actuación de ahorro energético prevista
- Ficha estandarizada aplicable y estimación del ahorro esperado en kWh
- Compensación económica acordada para el beneficiario
- Plazos de ejecución y condiciones de pago
Error frecuente: obras sin acuerdo previo
Muchos propietarios pierden la oportunidad de obtener CAEs porque inician las obras antes de firmar el acuerdo. No existe posibilidad de regularización a posteriori. Si estás planificando una renovación, contacta con un sujeto delegado antes de empezar.
Pasos 4 y 5: Ejecutar la obra y reunir la documentación
Una vez firmado el acuerdo, procede a ejecutar la actuación de ahorro energético conforme a los requisitos técnicos de la ficha estandarizada aplicable. Es fundamental que la instalación cumpla exactamente las especificaciones definidas.
Durante y después de la obra, debes reunir toda la documentación necesaria para la verificación:
Documentación técnica
- - Memoria técnica del proyecto
- - Certificado de eficiencia energética (antes y después, si aplica)
- - Fichas técnicas de los equipos instalados
- - Certificado del instalador habilitado
- - Reportaje fotográfico de la actuación
Documentación administrativa
- - Acuerdo previo firmado con el sujeto delegado
- - Facturas de compra e instalación
- - Boletín de instalación (si aplica)
- - Declaración responsable del beneficiario
- - Licencia de obras (si aplica)
Pasos 6 y 7: Verificación, emisión y cobro
Una vez completada la actuación y recopilada toda la documentación, el sujeto delegado presenta el expediente ante el organismo competente de la comunidad autónoma o MITECO para su verificación. Este proceso incluye:
- Revisión documental: verificación de que toda la documentación es correcta y completa. Si existen deficiencias subsanables, se abre un plazo para corregirlas.
- Verificación técnica: comprobación de que la actuación cumple los requisitos de la ficha estandarizada y que el cálculo de ahorro es correcto.
- Emisión de CAE: una vez aprobada la verificación, los certificados se inscriben en el Registro Nacional de CAE.
- Compensación económica: el sujeto delegado abona al beneficiario la compensación acordada. El plazo de pago depende del contrato firmado, pero generalmente se efectúa en los 30-60 días posteriores a la emisión.
Plazos orientativos del proceso
Errores comunes a evitar
1. No firmar el acuerdo antes de las obras
Es el error más grave y más frecuente. Sin acuerdo previo no hay CAE posible. Contacta con un sujeto delegado en cuanto tengas claro tu proyecto de renovación.
2. Documentación incompleta o incorrecta
Facturas sin desglose suficiente, falta de certificados técnicos o ausencia de fotografías de la actuación son deficiencias que retrasan o impiden la emisión de los CAE.
3. Elegir la ficha estandarizada incorrecta
Cada actuación tiene una ficha específica con requisitos propios. Utilizar la ficha equivocada puede llevar a la denegación o a un cálculo de ahorro inferior al real. Un buen sujeto delegado te ayudará a identificar la ficha correcta.
4. No verificar la compatibilidad con subvenciones
Los CAE son compatibles con la mayoría de ayudas públicas, pero no con todas. Consulta nuestra guía sobre compatibilidad de CAE con subvenciones para asegurarte de maximizar los beneficios.
Preguntas frecuentes sobre la solicitud de CAE
¿Puedo solicitar CAE si ya he empezado las obras de renovación?
No. El acuerdo con un sujeto obligado o delegado debe firmarse antes del inicio de las obras. Este requisito es imprescindible según el Real Decreto 36/2023. Si las obras ya han comenzado o finalizado sin acuerdo previo, no se podrán generar CAEs por esa actuación.
¿Cuánto tiempo tarda el proceso completo de obtención de CAE?
El proceso completo, desde la firma del acuerdo hasta la recepción de la compensación económica, suele durar entre 3 y 6 meses. La mayor parte del tiempo corresponde a la ejecución de las obras y al proceso de verificación documental posterior.
¿Necesito un instalador específico para obtener CAE?
No es obligatorio un instalador específico, pero sí debe ser un profesional cualificado y habilitado para el tipo de instalación. Algunos sujetos delegados trabajan con redes de instaladores homologados, lo que facilita la tramitación. Lo importante es que la actuación cumpla los requisitos técnicos de la ficha estandarizada aplicable.
¿Qué pasa si la documentación tiene errores?
Si la documentación presenta deficiencias, se abre un plazo de subsanación para corregirlas. Sin embargo, errores graves como la falta de acuerdo previo o una actuación que no cumple los requisitos mínimos de la ficha no son subsanables y suponen la denegación de los CAE.
¿Puedo obtener CAE por varias actuaciones en el mismo edificio?
Sí. Puedes acumular CAEs de distintas actuaciones en el mismo edificio, siempre que cada una corresponda a una ficha estandarizada diferente y cumpla sus requisitos independientemente. Por ejemplo, combinar aislamiento de fachada (RES010) con aerotermia (RES070) y ventanas (RES040) en la misma vivienda.
Te ayudamos a obtener tus CAE
Nuestro equipo te guía en todo el proceso: desde la identificación de la ficha correcta hasta la recepción de tu compensación. Estudio gratuito y sin compromiso.
